jueves, 26 de julio de 2012

Tres generaciones en Derechos Humanos.-




“Los Derechos Humanos han sido clasificados de diversas maneras, de acuerdo con su naturaleza, origen, contenido y por la materia que refiere. La denominada Tres Generaciones es de carácter histórico y considera cronológicamente su aparición o reconocimiento por parte del orden jurídico normativo de cada país.
Primera generación
Se refiere a los derechos civiles y políticos, también denominados "libertades clásicas". Fueron los primeros que exigió y formuló el pueblo en la Asamblea Nacional durante la Revolución francesa. Este primer grupo lo constituyen los reclamos que motivaron los principales movimientos revolucionarios en diversas partes del mundo a finales del siglo XVIII.
Como resultado de esas luchas, esas exigencias fueron consagradas como auténticos derechos y difundidos internacionalmente, entre los cuales figuran:
·         Toda persona tiene derechos y libertades fundamentales sin distinción de raza, color, idioma, posición social o económica.
·         Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad jurídica.
·         Los hombres y las mujeres poseen iguales derechos.
·         Nadie estará sometido a esclavitud o servidumbre.
·         Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes, ni se le podrá ocasionar daño físico, psíquico o moral.
·         Nadie puede ser molestado arbitrariamente en su vida privada, familiar, domicilio o correspondencia, ni sufrir ataques a su honra o reputación.
·         Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia.
·         Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
·         En caso de persecución política, toda persona tiene derecho a buscar asilo y a disfrutar de él, en cualquier país.
·         Los hombres y las mujeres tienen derecho a casarse y a decidir el número de hijos que desean.
·         Todo individuo tiene derecho a la libertad de pensamiento y de religión.
·         Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión de ideas.
·         Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacífica”.