sábado, 2 de junio de 2012

DÍA INTERNACIONAL DEL HOMBRE.-

DÍA INTERNACIONAL DEL HOMBRE.-
No sabía  que el 19 de noviembre  se celebra el Día Internacional del Hombre y que esta celebración es apoya por la Organización  de las Naciones Unidas.
El movimiento hacia la igualdad de género y la defensa de la mujer ante la violencia, cualquiera que sea el tipo, es un paso gigantesco que me alegra.
Sin embrago, el hombre, y me refiero a un hombre no violento (ningún tipo de violencia), no es tan celebrado.
El Día Internacional del Hombre es un evento internacional celebrado el 19 de noviembre. Fue inaugurado en 1999 en Trinidad y Tobago, y actualmente es celebrado en Australia, Estados Unidos, Canadá, Rusia, Jamaica, Hungría, India, Irlanda, Malta, Reino Unido, Chile y Perú-Lima, entre otros.
Los objetivos de celebrar el Día Internacional del Hombre, son tratar temas de salud de varones  jóvenes y adultos, promover la igualdad de género, resaltar el rol positivo de los varones, celebrar la masculinidad y las contribuciones de varones jóvenes y adultos a su comunidad y sociedad. La idea de instaurar este día fue apoyada por la ONU.
El Día del Hombre tiene seis objetivos fundamentales:
1.  Promover modelos masculinos positivos,  no sólo las estrellas de cine y deportes de los hombres, sino todos los días, los hombres trabajadores de clase media que viven vidas decentes y honestos.

2. Para celebrar las contribuciones positivas de los hombres a la sociedad, comunidad, familia, matrimonio, cuidado de niños, y para el medio ambiente

3. Para centrarse en la salud y el bienestar de los hombres, social, emocional, físico y espiritual.

4. Para poner de relieve la discriminación contra los hombres, en las áreas de servicios sociales, las actitudes y expectativas sociales y la ley.

5. Para mejorar las relaciones de género y promover la igualdad de género.

6. Para crear un mundo más seguro, un mundo mejor, donde la gente puede estar seguro y crecer para alcanzar su pleno potencial.



Fuente: INTERNATIONAL MEN'S DAYGLOBAL WEBSITE.

martes, 29 de mayo de 2012

¿Sabes a dónde acudir en caso de violencia familiar?

http://www.facebook.com/juridicoyhumano

¿Crees que sólo los golpes y la violencia psicoemocional son formas de violencia hacia la mujer?

¿Crees que sólo los golpes y la violencia psicoemocional son formas de violencia hacia la mujer?


En Ley de Acceso de Las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Distrito Federal, se observan los tipos de violencia  que se pueden ejercer en contra de las mujeres, además de la Violencia Psicoemocional, que es  Toda acción u omisión dirigida a desvalorar, intimidar o controlar sus acciones, comportamientos y decisiones, consistente en prohibiciones, coacciones, condicionamientos, intimidaciones, insultos, amenazas, celotipia, desdén, indiferencia, descuido reiterado, chantaje, humillaciones, comparaciones destructivas, abandono o actitudes devaluatorias, o cualquier otra, que provoque en quien la recibe alteración autocognitiva y autovalorativa que integran su autoestima o alteraciones en alguna esfera o área de su estructura psíquica; y de la Violencia Física, que es toda acción u omisión intencional que causa un daño en su integridad física.
La violencia patrimonial es  toda acción u omisión que ocasiona daño o menoscabo en los bienes muebles o inmuebles de la mujer y su patrimonio; también puede consistir en la sustracción, destrucción, desaparición, ocultamiento o retención de objetos, documentos personales, bienes o valores o recursos económicos;
La violencia económica: Toda acción u omisión que afecta la economía de la mujer, a través de limitaciones encaminadas a controlar el ingreso de sus percepciones económicas, en la restricción, limitación y/o negación injustificada para obtener recursos económicos, percepción de un salario menor por igual trabajo, explotación laboral, exigencia de exámenes de no gravidez, así como la discriminación para la promoción laboral;
La violencia sexual: Toda acción u omisión que amenaza, pone en riesgo o lesiona la libertad, seguridad, integridad y desarrollo psicosexual de la mujer, como miradas o palabras lascivas, hostigamiento, prácticas sexuales no voluntarias, acoso, violación, explotación sexual comercial, trata de personas para la explotación sexual o el uso denigrante de la imagen de la mujer;
La violencia contra los derechos reproductivos: Toda acción u omisión que limite o vulnere el derecho de las mujeres a decidir libre y voluntariamente sobre su función reproductiva, en relación con el número y espaciamiento de los hijos, acceso a métodos anticonceptivos de su elección, acceso a una maternidad elegida y segura, así como el acceso a servicios de aborto seguro en el marco previsto por la ley para la interrupción legal del embarazo, a servicios de atención prenatal, así como a servicios obstétricos de emergencia; y
La violencia feminicida: Toda acción u omisión que constituye la forma extrema de violencia contra las mujeres producto de la violación de sus derechos humanos y que puede culminar en homicidio u otras formas de muerte violenta de mujeres.